Introducción
La detención arbitraria de personas en contextos sociales conflictivos representa uno de los mayores desafíos para la vigencia del Estado de derecho.
Este caso ejemplifica cómo la correcta aplicación del juicio de amparo permite restituir derechos fundamentales frente a detenciones carentes de base legal, realizadas bajo una lógica de criminalización del entorno más que de los hechos.
Durante una jornada de manifestaciones públicas en el Centro Histórico de la Ciudad de México, vinculadas al cambio de Gobierno, una persona fue detenida mientras transitaba por la vía pública. No existía evidencia de su participación en actos violentos o alteración del orden.
A pesar de la falta de evidencia, la autoridad ministerial la imputó por el delito de ataques a la paz pública, tipificado como grave, lo cual impedía la posibilidad de enfrentar el proceso penal en libertad.
La acusación se sustentaba en supuestos actos de alteración del orden, sin identificar con precisión la conducta atribuida ni su vinculación con hechos violentos. La persona fue presentada ante el juez de control, quien decretó prisión preventiva oficiosa.
Contexto del caso
La figura penal utilizada, “ataques a la paz pública”, es conocida por su vaguedad y por el riesgo que implica su aplicación en contextos de protesta social.
El análisis del expediente reveló que no existían pruebas objetivas que vincularan a la persona con los actos delictivos referidos. No se acreditaba la existencia de una conducta activa, dolosa y directa que pudiera configurar el delito.
Además, existieron violaciones sustantivas al debido proceso: no se informó a la persona de los motivos de su aprehensión, no se le permitió contactar de inmediato con una defensa adecuada y se omitieron diligencias básicas de investigación.
Estrategia de defensa
Se descartó desde el primer momento la posibilidad de asumir una defensa dentro del proceso penal ordinario, ya que esto implicaría mantener a la persona en prisión preventiva por un periodo incierto, con el consiguiente daño irreparable.
Se optó por la vía del juicio de amparo indirecto, argumentando la ilegalidad de la detención, la indebida fundamentación del auto de vinculación a proceso y la inconstitucionalidad de aplicar la prisión preventiva oficiosa.
El escrito de demanda de amparo incluyó un análisis detallado de los hechos y del actuar de la autoridad, apoyado en criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en estándares internacionales de derechos humanos.
Se solicitó la suspensión provisional y luego definitiva de los actos reclamados, así como la protección federal frente a la resolución judicial que mantenía la medida cautelar privativa de libertad.
Desarrollo del juicio de amparo
Durante la tramitación del juicio, el Juzgado de Distrito requirió a las autoridades responsables la entrega del expediente penal completo.
El análisis judicial permitió constatar que no existía correspondencia entre la conducta imputada y los elementos normativos del tipo penal. La juez de amparo observó que el auto de vinculación a proceso carecía de fundamentación adecuada.
Además, se tuvo por demostrado que la detención fue arbitraria al no haber flagrancia ni orden previa, y que existieron violaciones sustantivas al derecho de defensa y al principio de presunción de inocencia.
Resultado
El Ministerio Público y la autoridad judicial responsable intentaron sostener la constitucionalidad de la medida cautelar, pero sin éxito. La resolución del juicio de amparo otorgó la protección constitucional solicitada.
La persona fue liberada sin necesidad de enfrentar un juicio penal que, por su naturaleza, habría sido extenso, costoso y emocionalmente perjudicial. El proceso fue cerrado sin sentencia penal en su contra.
Reflexión final
Este caso evidencia cómo el uso expansivo de figuras penales como “ataques a la paz pública” puede derivar en graves afectaciones a personas sin participación real en los hechos. El juicio de amparo demostró ser la herramienta más efectiva para restituir derechos fundamentales.
La defensa penal no puede agotarse en el seguimiento pasivo del proceso, especialmente cuando la prisión preventiva se aplica de manera mecánica. Este caso confirma que, con una estrategia legal clara y fundamentada, es posible obtener resultados favorables incluso en contextos de alta tensión social.